El Servicio Canario de Empleo (SCE), organismo adscrito a la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, convoca subvenciones por valor de 3.194.191 euros.
La resolución publicada en el Boletín Oficial de Canarias se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, principal estrategia del Gobierno de España para canalizar los fondos destinados por la Unión Europea a reparar los daños provocados por la crisis de la COVID-19.
En concreto, la convocatoria con cargo al programa “Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” financia las iniciativas que aborden el reto demográfico y faciliten la transformación productiva, en particular hacia una economía verde y digital.
Las actividades subvencionadas consistirán en “Iniciativas para el mantenimiento del autoempleo de personas trabajadoras autónomas sin asalariados y del empleo de personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas de forma indefinida o temporal por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo”, durante un plazo de seis meses computado a partir de la concesión de la subvención, comprometiéndose la persona beneficiaria (física o jurídica) a realizar en dicho plazo la correspondiente actuación que contribuya a la transición de su actividad hacia una economía verde o que contribuya a su transformación digital.
Si bien, ninguna persona solicitante (física o jurídica) podrá ser beneficiaria de las dos líneas de subvención previstas (Línea verde o Línea digital), podrán solicitar ambas, indicando la prelación entre ellas, presentándose una única solicitud por persona solicitante en todo caso.
A estos efectos, la persona beneficiaria (física o jurídica) deberá participar en acciones de apoyo para iniciar su transformación productiva respetuosa con el medio ambiente y/o digital, estas acciones de apoyo consistirán en píldoras formativas o talleres.
A efectos de concesión de dichas subvenciones, se entenderá por microempresas aquellas empresas (incluidas las personas autónomas con asalariados) que no tengan más de diez trabajadores asalariados y cuyo volumen de negocio sea inferior a dos millones de euros.
Las personas autónomas sin empleados deberán también cumplir el requisito de que su volumen de negocio sea inferior a dos millones de euros. Se entenderá por empresas de emprendimiento colectivo, las cooperativas y sociedades laborales.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones dirigidas a “Iniciativas para el mantenimiento del autoempleo de personas trabajadoras autónomas sin asalariados”, las personas trabajadoras autónomas sin trabajadores por cuenta ajena.
Dichas beneficiarias de la subvención (personas físicas sin asalariados) deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que su domicilio fiscal radique en la Comunidad Autónoma de Canarias
- Que tenga un volumen de negocios inferior a dos millones de euros
Asimismo, podrán ser beneficiarias de las subvenciones dirigidas a “Iniciativas para el mantenimiento del empleo de personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas de forma indefinida o temporal por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo”, las siguientes:
- Las microempresas (que incluyen a las personas trabajadoras autónomas con asalariados)
- Las cooperativas y sociedades laborales.
A su vez, dichas beneficiarias de la subvención (personas físicas con asalariados y personas jurídicas) deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, donde han de tener al menos un centro de trabajo
- Que no cuenten con más de diez trabajadores asalariados
- Que tengan un volumen de negocios inferior a dos millones de euros
Los beneficiarios deben de estar dadas de alta a terceros en el Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Obligaciones de las entidades beneficiarias:
Mantener el autoempleo de las personas autónomas sin asalariados y el empleo de los trabajadores indefinidos y temporales que tuvieran contratados las microempresas en su centro de trabajo en el momento de solicitar la subvención, durante al menos seis meses desde la concesión de la subvención.
En el caso de las cooperativas y sociedades laborales, deberán mantener durante el mismo plazo a las personas socias-trabajadoras o de trabajo que tuvieran en alta en el momento de solicitar la subvención.
Realizar, en dicho plazo, un taller o píldora formativa que facilite la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o digital, según se indique en la convocatoria.
Cuantía:
La cuantía de la subvención será de tres mil doscientos cuarenta y dos (3.242,00) euros a tanto alzado por cada persona autónoma, microempresa o empresa de emprendimiento colectivo solicitante.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 24/11/2022 hasta las 00:00 - Fecha Fin: 23/12/2022 hasta las 23:59.
Si está interesado en solicitar dichas subvenciones no dude en ponerse en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarle.