Como anunciábamos en post del 06 de julio de 2020 las inspecciones de trabajo ya están aquí, por lo que aprovechamos esta entrada para comunicar la documentación genérica que se está pidiendo en las mismas:
- Expediente Documental del Erte
- Recibo de pago de salarios y su abono (preferiblemente transferencia) de los últimos 6 meses anteriores al estado de alarma.
- Comunicaciones firmadas por los trabajadores: comunicación del inicio del Erte, comunicaciones de variación en la jornada en Erte, comunicación de baja en Erte.
- Registros de jornadas de trabajadores con Ertes a jornada parcial, los cuales deberán coincidir con lo declarado a la autoridad laboral en el expediente inicial o justificar el cambio mediante comunicación pertinente al trabajador firmada por el mismo.
- Facturas emitidas por la empresa durante el estado de alarma.
- Justificación de teletrabajo.
- Prevención de riesgos laborales contratada, de no estarlo constituye una falta muy grave y la sanción es ineludible en este caso.
De todo lo anterior la asesoría tiene control sobre el punto número 1: Expediente documental del Erte, el resto pertenece al ámbito privado de la empresa con lo que le rogamos esté al día con la misma.
Como siempre, si tienes dudas, contacta con nosotros.