El 22 de diciembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, que entraría en vigor al día siguiente de su publicación. Si bien, no fue hasta el 1 de enero de 2023 cuando se empezaron a aplicar las principales novedades fiscales y administrativas que establece.
Con esta nueva ley se establece el marco normativo idóneo para apoyar la creación y el desarrollo en España de las empresas más innovadoras, a través del reconocimiento de ventajas fiscales, mercantiles y laborales.
Se pretende incentivar el establecimiento de los emprendedores y trabajadores de empresas “startup”, así como de los denominados “nómadas digitales”, es decir, aquellas personas que trabajen a distancia y cambien de residencia habitualmente. La nueva ley regula la posibilidad de que puedan residir y trabajar en España durante cinco años.
De acuerdo con lo dispuesto en la ley, se entiende por empresa “startup” aquella que no supere los cinco años de antigüedad (o siete para sectores estratégicos), que no cotice en Bolsa ni distribuya dividendos y que tenga su sede o domicilio social establecido de manera permanente en España.
Además de lo anterior, es necesario que la empresa “startup” tenga el 60% de la plantilla contratada en España, disponga de un volumen de negocio que no supere los 10 millones de euros, y acredite “carácter innovador”, es decir, que tenga por objeto el desarrollo de productos o la prestación de servicios nuevos o mejorados.
La nueva ley incorpora medidas fiscales como la reducción del tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades y en el Impuesto sobre la renta de no residentes, con una reducción de hasta un 15% en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.
También prevé la elevación del importe de la exención de tributación de las ‘stock options’ de 12.000 a 50.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de ‘startups’ de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra.
Las stock options son un mecanismo que posibilita incluir dentro de la remuneración de un empleado "opciones para adquirir acciones de la firma durante un periodo de tiempo" y "habitualmente a un precio inferior a mercado"
Además, amplía también la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales), el tipo de deducción (que pasa del 30 al 50%).
Finalmente cabe señar que, los emprendedores que quieran acogerse a los beneficios y especialidades previstos deberán solicitar a ENISA, Empresa Nacional de Innovación SME S.A., que evalúe todas las características, además del carácter innovador de su modelo de negocio. La innovación propuesta podrá ser de producto o de negocio.