Subvenciones Gobierno de Canarias para autónomos y pymes Covid 19 2021

El Gobierno de Canarias ha publicado hoy en el BOC 02 de marzo de 2021 el Decreto Ley 2/2021 de 01 de marzo por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas de los sectores más afectados por la crisis derivada del Covid -19. 

La subvención se concede únicamente a empresas con CNAE incluido en su anexo III y destaca la ausencia del sector hotelero y extrahotelero, quizás porque el Gobierno de Canarias se comprometió a publicar una subvención exclusiva para este sector, aunque la misma aún no se haya puesto en marcha. 

Beneficiarios:

  •  Trabajadores autónomos establecidos económicamente como personas físicas sin asalariados.
  •  Pyme y trabajadores autónomos con asalariados con al menos un trabajador a tiempo completo.
    • A estos efectos Pyme se entiende empresa que no supere los 250 empleados, los 50 millones de cifra de negocios y su balance no supere los 43 millones de euros.
    • no pueden optar a esta subvención las pyme o autónomos con trabajadores que entre todos sus trabajadores no sumen al menos un trabajador a tiempo completo. 

El plazo para presentación de solicitudes se inicia el día 10 de marzo de 2021 y finaliza 20 dias hábiles después. 

Requisitos: 

  1. Los habituales: al corriente en seguridad social y demás administraciones, no tener abierto expediente sancionador a la empresa por parte de ninguna administración pública, sometimiento a la obligación de justificación de la misma y demás.
  2. Establece unos requisitos específicos que cabe destacar:
    1. Reducción de facturación entre 2019 y 2020 del 30% mínimo.  
    2. Obligación de mantener toda la documentación original de la subvención durante 10 años a partir de la concesión. 
    3. Obligación de mantener la actividad económica durante 6 meses desde la resolución de concesión.
    4. Excluye expresamente a los autónomos societarios 
    5. Excluye expresamente a las sociedades sin trabajadores a pesar de ser Pymes y cumplir el resto de requisitos. 
    6. Excluye a cualquier autónomo o empresa que no estuviera activa en el año 2019 con lo que excluye de esta manera a las empresas de creación en 2020. 
    7. Excluye expresamente a las empresas que a 31 de diciembre de 2021  ya estuvieran en crisis. 
    8. obliga a tener los libros contables al día y entregarlos en la justificación. 

Cuantía: hasta 25000 € en función del sector, la bajada de facturación y número de trabajadores a tiempo completo contratados. 

Si eres cliente del Dpto. Laboral o has solicitado mediante Vega Asesores tu prestación de cese de autónomo o cualquier otra subvención laboral durante el año 2020 no te preocupes, ya estamos estudiando tu caso y te informaremos personalmente. Si este no es tu caso, contacta con nosotros.