Como punto de partida conviene definir el concepto de grupo empresarial o grupo de empresa como un conjunto de sociedades que conservan su personalidad jurídica y que actúan en el mercado de bienes y servicios estando organizado bajo una dirección económica y mercantil individual.
Desde el punto de vista mercantil, la definición legal del concepto grupo de empresas o sociedad holding se halla contenida en el artículo 42 del Código de Comercio, según el cual “Existe un grupo cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras”.
Asimismo, dicho artículo dispone que se presumirá que existe control cuando una sociedad, que se calificará como dominante, se encuentre en relación con otra sociedad, que se calificará como dependiente, en alguna de las siguientes situaciones:
- Posea la mayoría de los derechos de voto.
- Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
- Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con terceros, de la mayoría de los derechos de voto.
- Haya designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración, que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores. En particular, se presumirá esta circunstancia cuando la mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros del órgano de administración o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta. Este supuesto no dará lugar a la consolidación si la sociedad cuyos administradores han sido nombrados, está vinculada a otra en alguno de los casos previstos en las dos primeras letras de este apartado.
En definitiva, el grupo de empresas está constituido por un conjunto de sociedades que mantienen su personalidad jurídica y que actúan en el mercado de bienes y servicios a través de una dirección económica unitaria.
Una de las características del grupo de empresas es que se trata de una sociedad cuya principal actividad es la de ostentar participaciones de otras sociedades. Se trata, por tanto, de crear una sociedad que asuma el control y la gestión del resto de sociedades del grupo que desarrollarán una actividad empresarial concreta e independiente.
¿Cómo se crea una sociedad holding o grupo de empresas?
Existen dos formas:
- Crear una nueva sociedad mercantil mediante una escritura pública ante Notario que se deberá inscribir en el Registro Mercantil que corresponda. Los socios de las sociedades filiales renunciarán a su derecho de adquisición preferente y aportarán sus participaciones o acciones a la nueva sociedad, la cual pasará a convertirse en la sociedad matriz.
- Utilizar una sociedad que ya existe, la cual pasa a ser la sociedad matriz. Asimismo, en este caso, hay que hacer una ampliación de capital de la sociedad existente para poder emitir acciones nuevas.
¿Cuáles son las ventajas de crear un grupo de empresas a efectos mercantiles?
Como principales ventajas podemos señalar las siguientes:
- Simplificación del negocio: cada sociedad filial tiene asignada una actividad empresarial.
- Beneficios fiscales como la exención en el reparto de dividendos, la exención de plusvalía en el impuesto sobre sociedades cuando se transmiten participaciones de la sociedad matriz a las filiales.
- Control de los riesgos empresariales: cada sociedad filial responderá con sus propios recursos de los riesgos de su actividad, sin que el resto de sociedades sufran las consecuencias.