El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. Esta ley pretende equiparar las condiciones laborales de las empleadas del hogar al resto de personas trabajadoras, para así acabar con la discriminación que viene sufriendo este colectivo claramente feminizado, pues los datos disponibles reflejan que más del 93% de las personas trabajadoras del hogar son mujeres.
Esta norma es consecuencia, por un lado, de dos leyes que configuraron un sistema de equiparación progresiva de la normativa laboral y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar al del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena; la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, en el ámbito de la Seguridad Social, y el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, en el ámbito de las condiciones de trabajo.
Asimismo, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 24 de febrero de 2022, declaró la incompatibilidad con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea de las normas de Seguridad Social que coloquen a las empleadas del hogar en desventaja con el resto de trabajadores, cuando dicha desventaja no esté justificada por razones objetivas y ajenas a cualquier clase de discriminación por razón de sexo.
En base a lo anterior, se publica el mencionado Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, que tiene como principales novedades las siguientes:
- Se reconoce a las empleadas del hogar un nivel de protección de la seguridad y salud equivalente a la de cualquier otra persona trabajadora.
- Se reconoce la obligación de cotización de las personas empleadoras del servicio doméstico (a partir del 1 de octubre del 2022), para que estas cotizaciones no supongan un sobresfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial.
- Se reconoce el derecho de las personas empleadas del hogar a cobrar por desempleo ( a partir del 1 de octubre del 2022)
- Se proporciona una cobertura indemnizatoria a las personas trabajadoras del servicio doméstico en los casos de insolvencia o concurso de las empleadoras.
- Cuando el contrato no se realice por escrito, se presumirá que es de carácter indefinido, cualquiera que sea la duración de la relación laboral.
- Por último, ya no puede producirse el despido sin causa pues se elimina la figura del desistimiento, que permitía prescindir de las empleadas del hogar sin necesidad de justificar la causa del despido. Ahora será necesario acreditar las causas que llevar a la finalización del contrato de trabajo.