TENEMOS UNA SOLUCIÓN ADAPTADA A TU NEGOCIO SOLICITAR PRESUPUESTO

Vega Asesores
Subvenciones para  personas trabajadoras afectadas por los Ertes

Subvenciones para personas trabajadoras afectadas por los Ertes

El 28 de junio se publicó el Decreto-ley 9/2021, por el que se regula la concesión de subvenciones directas a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por los Ertes.

Vega Asesores resume a continuación en qué consiste.

Tramitación

El procedimiento de tramitación se iniciará y se impulsará de oficio en todos sus trámites, sin que sea necesaria la presentación de solicitud ni documentación por parte de las personas beneficiarias para la concesión de la subvención.

Objeto de la subvención

El Decreto-ley tiene por objeto reducir el impacto económico de las personas trabajadoras por cuenta ajena que sean perceptoras de prestación contributiva por desempleo por debajo del salario mínimo interprofesional, como consecuencia de la suspensión temporal del contrato de trabajo a causa de la COVID-19.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta ajena perceptoras de prestación contributiva por desempleo por debajo del salario mínimo interprofesional debido a la suspensión temporal del contrato como consecuencia de un expediente de regulación de empleo por causas de fuerza mayor derivadas de la COVID-19, por un tiempo superior a 90 días.

Cuantía de la subvención

El importe de dicha subvención se realizará por persona beneficiaria, atendiendo a los siguientes tramos:

  • 1er tramo: personas que perciban prestación contributiva por desempleo mensual bruta inferior a 395,50 euros, el importe de la subvención será de 1.100 euros.
  • 2º tramo: personas que perciban prestación contributiva por desempleo mensual bruta entre 395,50 y 560 euros, el importe de la subvención será de 550 euros.
  • 3er tramo: personas que perciban prestación contributiva mensual bruta por desempleo superior a 560 y hasta 950 euros, el importe de la subvención será de 300 euros.