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 Subvenciones para Proyectos Audiovisuales 2022

Subvenciones para Proyectos Audiovisuales 2022

Mediante la presente convocatoria se inicia de oficio procedimiento en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones para Proyectos Audiovisuales 2022 a justificar durante las anualidades 2022, 2023 y 2024.

Objeto y finalidad

El objeto de la subvención es la colaboración económica para la realización de proyectos audiovisuales por parte de los/as beneficiarios/as con la finalidad de contribuir al enriquecimiento cultural de Gran Canaria a través de las distintas formas de expresión audiovisual, así como dotar al sector audiovisual de una mayor capacidad financiera a la hora de llevar a cabo sus producciones, estimulando así su crecimiento.

Modalidades

Las modalidades que pueden ser objeto de subvención son:

A. El desarrollo de largometrajes o series en las categorías de ficción, documental y animación.
B. La producción de largometrajes o series de ficción, documental y animación.
C. La producción de cortometrajes de ficción, documental y animación.
D. La producción de obras de vídeo creación, videoinstalación, video danza o expositivas.

En el caso de largometrajes tendrán una duración superior a 60 minutos. En el caso de las series se entenderán que constan de, al menos, tres episodios, cuya duración conjunta sea superior a 60 minutos.

Beneficiarios

  • Las empresas con domicilio fiscal en la isla de Gran Canaria, debidamente dadas de alta en la actividad económica correspondiente a la actividad para la que solicita subvención, con al menos 12 meses de antigüedad aunque no sea de forma continuada, en los tres años anteriores a la solicitud de subvención. Asimismo deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Ministerio de Cultura y Deporte, o haber solicitado la inscripción en el momento de solicitud de la subvención.
  • Los/as particulares autónomos/as con domicilio fiscal en la isla de Gran Canaria debidamente dadas de alta en la actividad económica correspondiente a la que solicita subvención, con al menos 12 meses de antigüedad aunque no sea de forma continuada, en los tres años anteriores a la solicitud de subvención.

En el caso de que la ayuda se solicite para una coproducción, deberá hacerse constar expresamente el acuerdo de coproducción en la solicitud, junto con el porcentaje de titularidad de la obra y el compromiso de gasto de cada uno de los coproductores. Solo uno de los coproductores podrá ser solicitante y beneficiario de la subvención. El/la solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 35% de los derechos de explotación y compromiso del gasto, acreditada mediante contrato. En el caso de la modalidad A, desarrollo, el/la solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 55% de los derechos de explotación de la obra, acreditada mediante contrato.

Quedan expresamente excluidos/as de la presente convocatoria:

  • Aquellos/as que sean beneficiarios/as de subvenciones directas previstas nominativamente en el Presupuesto General del Cabildo de Gran Canaria, ejercicio 2022.
  • Posibles beneficiarios/as de la subvención que habiendo transcurrido los plazos legalmente otorgados, tengan pendientes de justificar pagos de subvenciones concedidas con anterioridad por el Servicio de Cultura, a la fecha de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.
  • Los proyectos producidos por operadores de televisión u otros prestadores de servicios similares de difusión y comunicación audiovisual.
  • Las obras que tengan un contenido esencialmente publicitario, o contenido homófono, xenófobo, de propaganda política, de odio o intolerancia religiosa, y las que puedan ser calificadas de pornografía.
  • Las financiadas íntegramente por Administraciones Públicas.

Requisitos

1.Acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas y con la Seguridad Social mediante la presentación de certificación administrativa positiva en vigor (6 meses desde la fecha de su expedición) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Agencia Tributaria Canaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social. El Cabildo salvo oposición expresa del interesado/a, recabará de oficio esta información a las respectivas instituciones.

2.Acreditación del alta en el impuesto de actividades económicas (IAE) en la actividad correspondiente a la de la subvención pretendida, debiendo pertenecer al Grupo 961 o División 01, mediante la presentación de certificación administrativa en vigor (6 meses desde la fecha de su expedición) de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

3.Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones mediante la presentación de declaración responsable en vigor (6 meses desde la fecha de su expedición) ante notario o autoridad administrativa competente.

4.Acreditación del domicilio fiscal en la isla de Gran Canaria mediante la presentación de certificación administrativa en vigor (6 meses desde la fecha de su expedición) expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

5.En el caso de coproducción, además contrato de coproducción.

Cuantía

En ningún caso la cuantía subvencionada podrá superar el 75% del coste del proyecto presentado a la convocatoria, en caso de coproducción el 75% del coste del solicitante.

En caso de que al finalizar el proyecto el coste total del mismo sea superior al presentado a la convocatoria el Cabildo en ningún caso aumentará la cuantía correspondiente.

En caso de que al finalizar el proyecto la justificación del coste total del mismo sea inferior al presentado a la convocatoria, la subvención concedida por el Cabildo deberá mantener la proporción del coste del proyecto.

Se subvencionará hasta la cuantía siguiente, según modalidad:

- Modalidad A……………… 10.000,00 euros
- Modalidad B……………… 40.000,00 euros
- Modalidad C……………... 12.000,00 euros
- Modalidad D………………. 4.000,00 euros

Plazo

El plazo de la solicitud finaliza el 20 de mayo de 2022.

Si estás interesado en solicitar esta ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.